lunes, 14 de enero de 2008

DERECHO A LA INFORMACIÓN

EL DERECHO A LA INFORMACIÓN

El derecho a la información es un derecho fundamental reconocido al final del artículo 6º de la Constitución Mexicana desde 1977: "El Derecho a la Información será garantizado por el Estado". Es la garantía fundamental que tiene toda persona para obtener información noticias, datos, hechos, opiniones e ideal, informar y ser informada, de forma compatible con otros derechos humanos, engloba tanto libertades individuales libertades de pensamiento, expresión e imprenta como otras de carácter social el derecho de los lectores, escuchas o espectadores a recibir información objetiva, oportuna y el acceso a la documentación pública.
Para la Suprema Corte de Justicia de México, aun cuando no se llega a expresar el término de "garantía social" dentro del texto constitucional, el derecho a la información enuncia y protege derechos con el rango de ciertas garantías que se conciben como derechos de grupo, de género o de clase, y su ejercicio adquiere mayor eficacia cuando se pone al alcance de las personas como "garantía individual". Hay que aclarar al respecto que la opinión de la Corte ha cambiado con el tiempo y sólo recientemente ha considerado el derecho a la información como un derecho individual.Si bien en su interpretación original el derecho a la información se reconoció como una garantía de los derechos políticos -una "garantía electoral" como atributo de los partidos para informar al pueblo mexicano-, luego la Corte le otorgó una connotación más amplia, al considerarlo como "la obligación que tiene el Estado de informar la verdad, de abstenerse a dar a la comunidad información manipulada, incompleta o falsa, y la de entenderlo como garantía individual limitada por los intereses nacionales, por los de la sociedad y por el respeto a los derechos de terceros". Siguiendo la definición de Ernesto Villanueva, el derecho a la información es el objeto de estudio del derecho de la información, entendido éste como la "rama del derecho público que tiene por objeto el estudio de normas jurídicas que regulan las relaciones entre Estado, medios y sociedad, así como los alcances y los límites del ejercicio de las libertades de expresión y de información y el derecho a la información a través de cualquier medio". Existe una noción integradora del derecho a la información en cuyo significado convergen los distintos derechos y libertades que dan sentido a la acción informativa. Por un lado se incluyen las propias libertades de expresión e información y por otro se encuentran el derecho de Habeas Data o autodeterminación informativa, el secreto profesional, la cláusula de conciencia de los periodistas, el derecho de réplica, el derecho de autor del trabajo periodístico y el derecho de acceso a la información pública, éste último entendido como el derecho a la información en su sentido estricto, principio común y prioritario en un estado democrático. En México, este derecho de acceso a la información -eje central de esta obra y plasmado en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública Gubernamental- es considerado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como una de las manifestaciones del derecho a la información.Por otro lado, así como el derecho a la información se fundamenta como derecho humano, el derecho de acceso tiene, como veremos más adelante, un fundamento político: la salvaguarda y garantía del Estado Democrático. También significa ejercer un escrutinio activo de los gobernados sobre las actividades de los servidores públicos y las empresas privadas que operan bajo concesión pública, así como promover la mejor toma de decisiones para todos.

Mariana Amaro Fierros 7º Relaciones Públicas

1 comentario:

Lucio Avila dijo...

Trabajo revisado.

Lobogris.